TERMINOLOGÍA UTILIZADA

PODERES

Los poderes Legislativo, Judicial y Ejecutivo del Estado de Tlaxcala

CONGRESO

El Congreso del Estado es la asamblea depositaria del poder Legislativo del Estado.

JUNTA

Junta de Coordinación y concentración política, es la expresión de la pluralidad y órgano superior de gobierno del congreso del estado.

GOBIERNOS MUNICIPALES

Los Órganos que desarrollan actos de decisión o autoridad en el desempeño de las facultades conferidas a los ayuntamientos, en los términos de la constitución política local.

ÓRGANO

Órgano de Fiscalización Superior es la entidad de fiscalización superior del estado y sus municipios, creada por disposición de la constitución local y regulada por la LFS.

ENTES

Los Entes Fiscalizables son los poderes del estado, los organismos públicos autónomos, los gobiernos municipales, las dependencias, entidades, patronatos y en general cualquier persona pública o privada que haya recaudado, administrado, manejado o ejercido recursos públicos.

DEPENDENCIAS

Las unidades administrativas del sector central de la administración pública del estado o los municipios.

ENTIDADES

Las unidades administrativas del sector paraestatal de la administración pública del estado o los municipios.

SERVIDORES PÚBLICOS

Las personas consideradas en el artículo 107 de la constitución política del estado libre y soberano de Tlaxcala.

FISCALIZACIÓN SUPERIOR

La facultad que ejerce el órgano de fiscalización superior, para la revisión posterior de las cuentas públicas que presentan los entes fiscalizables, bajo criterios de vigilancia, control, revisión, evaluación, y examen de los mismos.

GESTIÓN FINANCIERA

La actividad de los entes públicos fiscalizables, relacionada directamente con la administración, manejo, custodia, control y aplicación de los egresos, ingresos, fondos y en general, de los recursos públicos que éstos utilicen para la ejecución de obra pública y prestación de servicios, asimismo el control y registro contable, patrimonial y presupuestario.

CUENTA PÚBLICA

Informe que los entes fiscalizables rinden de manera consolidada respecto de los resultados de su gestión financiera a efecto de comprobar que la recaudación, administración manejo, custodia, y aplicación de los ingresos y egresos estatales y municipales durante un ejercicio fiscal se ejercieron en los términos de las disposiciones legales y administrativas aplicables y con base en los programas aprobados.

REVISIÓN

El examen a que se somete la actividad de los entes, durante la gestión financiera, a efecto de que la recaudación, administración, manejo, custodia y aplicación de los ingresos y egresos, se ejerzan en términos de las disposiciones legales y administrativas aplicables conforme a los criterios y con base en los programas aprobados.

PROGRAMAS

Los contenidos en los presupuestos de egresos aprobados a que se sujeta la gestión o actividad de los entes fiscalizables.

PLANES

Planes de desarrollo estatal y municipal, así como los demás de naturaleza programática u operativa que aprueben los entes fiscalizables.

INFORME DE RESULTADOS

Documento que contiene el informe sobre la fase de: revisión, fiscalización y emisión de pliegos de observaciones a la cuenta pública, que se presenta al congreso el órgano.

ÓRGANO DE CONTROL INTERNO

La contraloría del poder ejecutivo y los órganos de control interno de los poderes legislativo y judicial, así como de los organismos autónomos, entidades y municipios.

AUDITORIA AL DESEMPEÑO

Es la verificación y monitoreo del cumplimiento de objetivos y metas considerando indicadores estratégicos y de gestión.

AUDITORIA SUPERIOR

Es la entidad de fiscalización superior de la federación.

AUDITOR

Auditor Superior es el titular del órgano de fiscalización superior.

AUDITOR ESPECIAL

Es el auditor especial de cumplimiento es el funcionario que auxiliará en sus funciones al auditor.

AYUNTAMIENTO

El órgano colegiado al que se le otorga el gobierno municipal.

COMISIÓN

La comisión de finanzas y fiscalización del congreso.

CONSEJO

Es el consejo conformado por los integrantes de la comisión y presidido por el auditor a efecto de integrar el padrón de despachos externos de auditorías.

MUNICIPIO

Es la base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado de Tlaxcala. Se integra por su población y un gobierno que tendrá por objetivo procurar el progreso. Está investido de personalidad jurídica y administrará su patrimonio conforme a la ley.

COMISIÓN ESPECIAL

La que se integre cuando algún ente fiscalizable presente conflictos.

SCGII

Sistema de Contabilidad Gubernamental

CONAC

Consejo nacional de armonización contable

RENDICIÓN DE CUENTAS

La obligación de todos los servidores públicos de dar cuentas, explicar y justificar sus actos al público, que es el último depositario de la soberanía en una democracia.

TRANSPARENCIA

Claridad en la conducta, función y rendición de cuentas

LFS

Ley de Fiscalización Superior del Estado de Tlaxcala y sus Municipios

www.ofstlaxcala.gob.mx/

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