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Transparencia 
"El espíritu del Open Government implica que uno debe hacer siempre pública cualquier información que pueda facilmente ser averiguada por otros medios"
De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Tlaxcala y el compromiso del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Tlaxcala; con la sociedad hace publica la siguiente informacion:
Artículo 15. Las entidades públicas atendiendo al principio de máxima publicidad, en el ámbito de su competencia, difundirán de oficio, la siguiente información:
- Estructura orgánica, reglamento interior, manuales de organización, y en general, la información en que se describan las atribuciones, funciones y obligaciones que correspondan a cada una de sus unidades administrativas;
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- Leyes, reglamentos, acuerdos, circulares y demás disposiciones de observancia general, vinculadas al ámbito de competencia de la entidad pública de que se trate;
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III. El directorio de servidores públicos adscritos a la entidad pública, desde el nivel de jefe de departamento o sus equivalentes, hasta los titulares u órganos de dirección; |
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- La remuneración mensual por categoría y puesto, incluyendo el sistema de compensación, que en su caso se establezca con base a las previsiones contenidas en el Presupuesto de Egresos aprobado;
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- Planes y programas de gobierno cuya ejecución esté encomendada a la entidad pública, indicando monto, tiempo de ejecución, objetivos, metas y beneficiarios, así como indicadores de evaluación de los mismos;
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- Resumen anual de actividades 2011
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- El Presupuesto de Egresos aprobado a la entidad pública;
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- Información contenida en su cuenta pública, integrada conforme la ley de la materia y sus disposiciones reglamentarias;
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- Balance general, estado de ingresos y egresos, estado de cambios, estado de variaciones en el patrimonio y demás información de tipo financiero y contable que genere la entidad pública, de acuerdo con las disposiciones legales que le resulten aplicables en virtud del desempeño de sus funciones o de su actividad;
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- Estado de Ingresos y Egresos 2012
- Estado de Origen y Aplicación de Recursos 2012
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- Los resultados de las auditorías practicadas a las entidades públicas, siempre y cuando no se contravenga alguna disposición legal o se comprometa la estabilidad política y social del Estado o de algún Municipio;
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- Los servicios y programas de apoyo que ofrecen, así como los trámites, requisitos y formatos para acceder a los mismos;
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- Los datos, fundamentos y condiciones de permisos, concesiones o licencias que autorice cualquiera de las entidades públicas;
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- El Órgano de Fiscalización Superior de Estado de Tlaxcala no otorga ni autoriza permisos, concesiones o licencias a que se refiere a esta fracción XI del artículo 15 de la Ley de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Estado de Tlaxcala. No aplica a esta Entidad.
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- Los informes de ingresos y egresos presentados por los partidos políticos ante el Instituto Electoral del Estado, una vez que el Consejo General apruebe los dictámenes correspondientes y hayan causado estado los acuerdos respectivos, los cuales sólo se proporcionarán a los ciudadanos mexicanos;
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- Esta fracción No aplica a esta entidad.
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- El nombre, domicilio oficial y dirección electrónica, en su caso, de los servidores públicos encargados de gestionar y resolver las solicitudes de información pública;
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- Las formas de participación ciudadana, para la toma de decisiones por parte de las entidades públicas;
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- Esta fracción No aplica a esta entidad.
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- Los órganos jurisdiccionales, administrativos o de responsabilidad de servidores públicos, que tengan por objeto resolver controversias o aplicar el derecho, además de la citada en las otras fracciones de este artículo, difundirán la información siguiente:
- Lista de todas las partes, incluyendo magistrados o su equivalente, presidentes, jueces, secretarios y ministerios públicos;
- Tipo de juicio o procedimiento, e
- Un extracto de las resoluciones o determinaciones más trascendentales.
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- De acuerdo a la estructura orgánica así como las facultades conferidas al Órgano de Fiscalización Superior del H. Congreso del Estado de Tlaxcala, las unidades administrativas que llevan a cabo funciones jurisdiccionales, en término de lo estipulado por los artículos 14, fracción XIII, XVI y XVIII y 60 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Tlaxcala y sus Municipios son:
- Auditoria Especial de Cumplimiento: "Procedimiento de Responsabilidad Indemnizatoria"
- Con fundamento en lo dispuesto por los preceptos 11, fracción X y 12, fracción III y VI del Reglamento Interior del Órgano de Fiscalización Superior del H. Congreso del Estado de Tlaxcala, instruye Procedimientos de Responsabilidad Resarcitoria cuando se detectan irregularidades que permitan presumir daño al patrimonio de los entes fiscalizables.
Fracción III.
Instruir los procedimientos para el fincamiento de responsabilidades indemnizatorias, conforme lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley;
Fracción VI.
Iniciar el fincamiento de responsabilidades administrativas, conforme las leyes correspondientes, en el ámbito de su competencia o instruir al superior jerárquico del sujeto responsable o ante la instancia respectiva;
- Dirección de Asuntos Jurídicos: "Procedimiento de Investigación y Recurso de Revocación"
Conforme a lo previsto por los preceptos 11, fracción XI y 13, fracción III y IV del Reglamento Interior del Órgano de Fiscalización Superior del H. Congreso del Estado de Tlaxcala, instruye Procedimientos de Investigación motivados por actos u omisiones que impliquen irregularidad en el manejo de recursos públicos y Recursos de Revocación que los particulares, personas físicas o jurídicas interponen para impugnar sanciones y resoluciones emitidas por este ente fiscalizador.
Fracción III. Instruir los procedimientos de investigación respecto de actos u omisiones que impliquen alguna irregularidad en el manejo de los recursos públicos hasta que guarden estado de resolución, y ponerlos a disposición del Auditor Especial de Cumplimiento a efecto de resolver los mismos;
Fracción IV. Admitir e instruir el recurso de revocación previsto en la Ley, hasta ponerlos en estado de resolución;
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- Dictámenes sobre iniciativas que se presenten en el Congreso;
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- Esta fracción No aplica a esta entidad.
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- Información anual de actividades, y
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- Lista con el importe por concepto de viáticos, gastos de representación, alimentación o su equivalente, y
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- En general aquella información que sea de utilidad para el ejercicio del derecho de acceso a la información pública.
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| ¿Que es la Transparencia? |
Artículo 16. Las entidades públicas deberán publicar la información relativa a los procedimientos de adjudicación de contratos de obras, adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, así como para el otorgamiento de concesiones.
| I. De licitaciones públicas o por invitación: |
- La convocatoria o invitación emitida;
- Los participantes o invitados;
- El nombre del ganador y las razones que lo justifican;
- La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución;
- La fecha del contrato, su monto y plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra licitada, e
- En su caso, los convenios modificatorios que recaigan a la contratación, precisando en qué consisten y su fecha de firma.
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II. De las adjudicaciones directas:
- Los motivos y fundamentos legales aplicados;
- En su caso, las cotizaciones considerables;
- El nombre de la persona adjudicada;
- La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución;
- La fecha del contrato, su monto y plazo de entrega o de ejecución de los servidores u obra licitada, e
- En su caso, los convenios modificatorios que recaigan a la contratación. Esta difusión deberá incluir el padrón de proveedores y contratistas así como los informes de avance sobre las obras o servicios contratados.
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| III. Salvo la información reservada o confidencial, los expedientes sobre las concesiones, permisos licencias y autorizaciones otorgadas por los sujetos obligados serán públicos, incluidas todas aquellas constancias documentales que reciban los sujetos obligados sobre el aprovechamiento de las mismas; |
| No aplica a esta Endidad. |
| IV. La identificación de las personas a quienes, por cualquier motivo, se les entreguen o usen recursos públicos. Esta información se deberá acompañar de las convocatorias, reglas, montos, criterios o instrumentos jurídicos conforme las cuales se efectuó la transferencia de recursos; |
| No aplica a esta Endidad; el Órgano de Fiscalización Superior de Tlaxcala no hace entrega de recursos públicos para proyectos, apoyos u otra ayuda de labor social. |
| V. Los servicios y programas que ofrecen pudiendo identificar lo que corresponde a recursos federales, estatales y criterios de acceso, así como los padrones de las personas beneficiarias de los programas sociales; |
| No aplica a esta Endidad. |
| VI. Cualquier información que los sindicatos y las cámaras empresariales deban entregar a los sujetos obligados, incluida aquella que este relacionada con su registro, agremiados, contratos colectivos o reconocimiento de representatividad; |
| No aplica a esta Endidad. |
- La relativa a los convenios o contratos que los sujetos obligados celebren con:
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- La federación, los estados y los municipios;
- Organizaciones de la sociedad civil;
- Sindicatos;
- Cámaras empresariales;
- Partidos y cualquier otro tipo de agrupaciones políticas;
- Instituciones de enseñanza privada;
- Fundaciones;
- Cualquier institución pública del Estado, e
- Con otros países.
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| VIII. Cualquier otra información que se considere relevante y la que responda a las preguntas más frecuentes de la sociedad. |
| El Organo de Fiscalización Superior tiene a bien poner a la dispocición de cualquier ciudadano su portal de internet y el Diptico Informativo. De igual forma usted podra visitar la paguina Web de la CAIPTlax e Infomex si asi lo considera pertinente. |
Artículo 17. Tratándose de obra pública directa que ejecute cualquier entidad pública y conteplada en los presupuestos de egresos, la información precisará:
- Monto;
- Lugar;
- Sindicatos;
- Plazo de ejecución;
- Identificacion de la entidad pública responsable de la obra, y
- Los mecanismos de vigilancia o supervision de la sociedad civil.
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No aplica a esta Entidad |
www.ofstlaxcala.gob.mx/ |
Esta Página se encuentra en constante actualización, informando de las noticias más relevantes del OFS por medio de Boletines Informativos, enlaces a otras paginas web y por medio del Area Responsable de Información Pública. |
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